Descarbonización industria manufacturera. PERTE DI L1

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Objetivo: Impulsar la descarbonización de los procesos de empresas pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España (PERTE DESCARBONIZACIÓN).

Tipos de proyectos:

Independientemente de la modalidad de solicitud elegida (individual o en agrupación), se estructurará en un único proyecto tractor. El proyecto tractor consistirá en la realización de uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única planta o instalación industrial en operación, denominada «instalación principal».

Una misma entidad o agrupación podrá presentar más de una solicitud, para proyectos tractores distintos, correspondientes a la descarbonización de instalaciones principales diferentes. Una instalación principal solo podrá ser objeto de una sola solicitud de proyecto tractor.

Tipo de actuación proyecto primario

  • a-Reducción de emisiones directas: electrificación de procesos, incorporación de hidrógeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica, recuperación de calor en procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, digitalización para la mejora de la eficiencia energética o la gestión de flujos térmicos.
  • b-Mejora sustancial de la eficiencia energética por reducción del consumo de energía eléctrica. Únicamente se considerará que los proyectos primarios bajo esta línea podrán ser financiados si tienen un período de amortización de cinco años o más. Este extremo se comprobará en fase de justificación de las ayudas.
  • c-Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización. Se considerará que estos proyectos podrán ser financiados mediante esta línea de ayudas si cumplen las siguientes condiciones:

1.º La energía se produce a partir de fuentes renovables

2.º La energía se produce bien en el lugar donde se desarrolla la actividad industrial, bien en el parque industrial en el que se lleva a cabo la actividad industrial, siempre que la energía se suministre al usuario industrial a través de una red confinada, sin transitar por la red pública; y i) al menos el 80 % de la energía producida se utiliza para actividades industriales en el emplazamiento del proyecto, o ii) en el caso de inversiones en cogeneración de alta eficiencia, el calor producido es utilizado en su totalidad por el beneficiario.

  • d) Instalaciones para el almacenamiento de energía. El almacenamiento deberá encontrarse detrás del contador del consumidor industrial y se dimensionará para cubrir, al menos, el quince por ciento de la demanda anual de energía de la instalación o con una capacidad de almacenamiento de al menos 4 horas, calculada como el cociente entre la capacidad instalada, medida en MWh, y la potencia instalada del mismo, medida en MW.
  • e) Inversiones para la producción de combustibles hipocarbónicos destinados para el autoconsumo de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización, en los mismos términos que los indicados en la letra c).
  • f) Inversiones en equipamiento de captura de carbono.

Se considerarán excluidos los proyectos primarios que incumplan el principio DNSH.

Características de la ayuda:

Proyecto tractor: Contiene uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única instalación industrial en operación, denominada «instalación principal». Cada proyecto tractor se enmarcará en una de las secciones descritas en los siguientes apartados: Sección RCDE y Sección Sectores Difusos.

Presupuesto mínimo por proyecto tractor:

  • Para los proyectos tractores enmarcados en la Sección RCDE-UE, se deberá cumplir, además, y sustrayendo del cómputo aquellos proyectos que no cumplan con la condición estipulada de un presupuesto mínimo proyecto primario: 1.000.000 € una de las siguientes condiciones: a) el presupuesto financiable del proyecto tractor supera los 10.000.000 de euros, o b) el presupuesto financiable de al menos uno de los proyectos primarios que componen el proyecto tractor supera los 5.000.000 de euros.
  • Para los proyectos tractores enmarcados en la Sección Sectores Difusos, se deberá cumplir, además, y sustrayendo del cómputo aquellos proyectos que no cumplan con la condición de un presupuesto mínimo proyecto primario: 1.000.000 €, una de las siguientes condiciones: a) El presupuesto financiable del proyecto tractor supera los 5.000.000 de euros, o b) el presupuesto financiable de al menos uno de los proyectos primarios que componen el proyecto tractor supera los 2.500.000 de euros.

Presupuesto mínimo proyecto primario: 1.000.000 €.

Plazo ejecución: Desde el dia siguiente presentación solicitud hasta 60 meses desde la resolución de concesión.

  • Concurrencia no competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Compatibilidad con otras ayudas. La financiación pública total de cada proyecto primario no podrá exceder del 80 % sobre el total del presupuesto que haya sido determinado como financiable. Incompatibles con ayudas de otros programas e instrumentos de la Unión.
  • Cumplimiento del principio de DNSH.
  • Fondos Next Generation EU provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) y de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).
  • Cada proyecto tractor deberá acompañarse de un Plan de Eficiencia Energética y Transición Ecológica.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 329.741.822 €

Plazo de solicitud: Del 06/02/2026 al 19/02/2026

Organismo: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i - Inversión Industrial Productiva

a) Las sociedades mercantiles que realicen alguna actividad industrial, y las sociedades mercantiles privadas con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con cualquier forma jurídica y tamaño, que realicen alguna actividad industrial según se define en el anexo IV de esta convocatoria.

b) Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado a) y que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación y cumplan los requisitos establecidos en el anexo II.

Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán estar válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España.

Podrán formar parte de la agrupación las empresas de servicios energéticos, o las filiales de estas, que inviertan en una instalación industrial y formalicen un contrato de rendimiento energético o similar con la empresa industrial.

Subvención

Límite máximo establecido en el Marco de Ayudas Estatales del Pacto por una Industria Limpia a la cuantía de las ayudas concedidas, entendida como la subvención concedida, de forma que la ayuda máxima por cada proyecto tractor asciende a 200 millones de euros.

Intensidad máxima (%) de subvención bruta equivalente por beneficiario:

Tipos de proyecto primario

Intensidades máximas de ayuda

Reducción de emisiones directa

Hasta 30%

Mejora sustancial de la eficiencia energética por reducción del consumo de energía eléctrica

Hasta 30%

Instalaciones de energías renovables para autoconsumo en los procesos productivos de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización

Hasta 45%

Instalaciones para el almacenamiento de energía.

Hasta 45%

Inversiones para la producción de combustibles hipocarbónicos destinados para el autoconsumo de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización

Hasta 20%

Inversiones en equipamiento de captura de carbono

Hasta 45%

En el caso de proyectos primarios de reducción de emisiones directas, la intensidad de ayuda podrá aumentarse:

  • a) hasta el 60% si el proyecto primario permite el uso de hidrógeno o combustibles derivados del hidrógeno, cuando la cuota de combustibles renovables de origen no biológico sea de al menos el 40%.
  • b) hasta el 45%, si las inversiones en electrificación que englobe el proyecto primario van acompañadas de un proyecto primario de almacenamiento energético, siempre y cuando dicho proyecto resulte elegible y financiable. 6. Si el beneficiario es una pequeña empresa, las intensidades de ayuda establecidas en el punto 4 podrán incrementarse en 10 puntos porcentuales. En el caso de que sea una empresa mediana, las intensidades de ayuda podrán incrementarse en 5 puntos porcentuales. Siempre de acuerdo con lo establecido en los epígrafes 154 y 155 del Marco de Ayudas Estatales del Pacto por una Industria Limpia

La intensidad de la ayuda aplicable para los proyectos de reducción de emisiones directas y de mejora sustancial de la eficiencia energética por reducción del consumo de energía eléctrica será del 30 por ciento a no ser que se enmarquen en otro de los tipos de actuación explicitados en la disposición décima. En dicho caso, les corresponderá la intensidad de ayuda aplicable para dicho tipo de actuación.

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 90 por ciento de la actividad subvencionada.

Garantías de entre el 60% – 80% en función dela calidad financiera de la empresa.

a) Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.

b) Edificación e instalaciones. Inversiones materiales para la construcción, ampliación o adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo. También se incluyen en esta partida los trabajos de obra civil que contemplen exclusivamente activos materiales para la urbanización y canalizaciones. Se excluye expresamente la compra de terrenos y los movimientos de tierras, así de como cualquier otro gasto que, aun siendo necesario para la realización de las inversiones materiales, no constituya una inversión material en sí misma. Los gastos de edificación e instalaciones no podrán suponer más del 50 por ciento del presupuesto financiable del proyecto primario.

c) Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» u otros conocimientos técnicos no patentados.

d) Colaboraciones y servicios externos. Las necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, así como los servicios externos directamente relacionados con las inversiones vinculadas a los objetivos del proyecto. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

Los conceptos de gasto, para ser considerados financiables, deberán estar claramente vinculados a un solo proyecto primario y deberán detallarse individualmente

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