Proyectos de descarbonización y renovación industrial de industrias tractoras

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Objetivo: Proyectos de descarbonización y renovación industrial de industrias tractoras, prioritariamente en las comarcas afectadas por el cierre de centrales térmicas en el marco del Programa del Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. Territorio P2 A Coruña.

Proyectos subvencionables

  1. Localizarse exclusivamente en uno o varios centros de trabajo en las comarcas de Ordes, Eume y Ferrol o los municipios de A Laracha, Carral, Ortigueira, Cerdido o Mañón.

    2.A). Proyecto regional de inversión

    • Creación de un nuevo establecimiento, derivado de la creación de una nueva empresa o que dé lugar a la diversificación económica, modernización o reconversión de una empresa existente.
    • Ampliación de capacidad de un establecimiento existente, siempre que suponga una modernización respecto a la tecnología previamente utilizada.
    • Diversificación de la producción de un establecimiento para la fabricación de productos que antes no se producían en el mismo
    • Transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento.

     2.B). Proyecto para la protección del medio ambiente, incluida la descarbonización que cumplan los siguientes requisitos:

    • Permitir la ejecución de un proyecto que redunde en un incremento de la protección ambiental de las actividades de la entidad beneficiaria, superando las normas de la Unión vigentes, con independencia de la existencia de normas nacionales obligatorias más estrictas que las de la Unión.
    • Permitir la ejecución de un proyecto que redunde en un incremento de la protección ambiental de las actividades de la entidad beneficiaria en la ausencia de normas de la Unión.
    • Permitir la ejecución de un proyecto que redunde en un incremento de la protección ambiental de las actividades de la entidad beneficiaria con fines de cumplir normas de la Unión que fueran adoptadas pero que aún no estén en vigor.

Características de la ayuda:

  • Presupuesto financiable mínimo: 10.000.000 €.
  • Presupuesto financiable máximo: Para de la categoría 2.A): Proyecto regional de inversión 110.000.000 €. Además, deberá aportarse para el proyecto de inversión una contribución financiera exenta de cualquier tipo de ayuda pública de, por lo menos, un 25% de los costes subvencionables, sea mediante recursos propios o mediante financiación externa.
  • Plazo ejecución: finalizará en la fecha establecida en la resolución de concesión, sin que nunca pueda exceder por empresa y por proyectode 30 de septiembre de 2029.
  • Necesidad de creación de empleo.
  • Concurrencia competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Compatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para las mismas inversiones subvencionables.
  • Fondo de Transición Justa de España 2021-2027. Territorio P2 A Coruña.
  • Principio de DNSH.
  • SE AMPLÍA PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.

Ámbito: Galicia

Presupuesto: 80.000.000€

Plazo de solicitud: Del 31/01/2026 al 01/06/2026

Organismo: Instituto Gallego de Promoción Económica - IGAPE

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente- Inversión Industrial Productiva - Sostenibilidad y Economía Circular

Empresas industriales, entendiendo como tales aquellas sociedades mercantiles o agrupaciones de las mismas que ejerzan una actividad industrial o de servicios de apoyo industrial.

Agrupaciones

Subvenciones con un importe máximo de 30.000.000 € por empresa y proyecto.

El importe de la ayuda será determinado en función de la modalidad del proyecto y del tamaño de empresa:

  • Proyecto regional de inversión: Para pequeña empresa: será del 35%, para las medianas empresas, 25%, y para las que no cumplan con la definición de pyme, el 15%.
  • Proyecto para la protección del medio ambiente, incluida la descarbonización: Para medianas empresas, 27,5%, y para las que no cumplan con la definición de pyme, el 22,5%.

Inversiones productivas en activos materiales e inmateriales nuevos adquiridos en propiedad a terceros no vinculados con la entidad beneficiaria.

a) Adquisición de terrenos, limitados a un máximo del 10% de la inversión subvencionable.

b) Obra civil y otros conceptos inmobiliarios

c) La maquinaria y bienes de equipo, hardware, software e instalaciones necesarias para su implantación deben entenderse como inversiones en capital fijo o como el activo inmovilizado de una empresa para producir bienes y servicios, de manera que se contribuya a la formación bruta de capital y al empleo.

d) Los proyectos no podrán consistir exclusivamente en construcción y conceptos inmobiliarios, debiendo incluir, obligatoriamente, inversión en algún otro concepto subvencionable.

e) No serán elegibles la adquisición de terrenos y bienes inmuebles que pertenezcan o hubieran pertenecido durante el período de elegibilidad del Programa FTJ al organismo responsable de la ejecución o a otro organismo o entidad directa o indirectamente vinculada o relacionada con el mismo.

Para las solicitudes que se encuadren en el punto 2.A; Proyecto regional de inversión los costes de los activos inmateriales únicamente serán subvencionables hasta un límite del 50% del total de los costes de inversión subvencionables.

En el caso de ayudas concedidas a grandes empresas o pymes para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar, como mínimo, el 200% del valor contable de los activos reutilizados.

Para las solicitudes que se encuadren en el punto 2.B); Proyecto para la protección del medio ambiente, incluida la descarbonización será obligatorio presentar junto con el proyecto un informe de auditor independiente, que acredite que la inversión contribuye a la protección del medioambiente incluida la descarbonización.

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